El 8 de julio de 2024 se publicó la Ley 27.742 — “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, que introdujo reformas relevantes en materia laboral.
En este artículo analizamos, de forma clara y práctica, los principales cambios que impactan directamente en las empresas.
Promoción del empleo registrado: regularización laboral
El Título IV de la ley establece un régimen de regularización de relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas del sector privado, anteriores a su entrada en vigencia.
Beneficios para los empleadores que adhieran:
- Extinción de la acción penal por apropiación indebida de recursos de la seguridad social
- Condonación de multas, infracciones y sanciones
- Baja del REPSAL (Registro de Empleadores con Sanciones Laborales)
- Condonación de deudas (capital e intereses) por aportes y contribuciones
La ley prevé que la condonación no será inferior al 70% de las sumas adeudadas.
Además, podrán establecerse beneficios adicionales para MiPyMEs y facilidades para el pago al contado.
Importante: el régimen requiere reglamentación para su implementación efectiva.
Modernización laboral: principales reformas
El Título V introduce cambios estructurales en el sistema laboral argentino. A continuación, los más relevantes.
Simplificación del registro laboral
- Se modifica el art. 7 de la Ley 24.013
- Se prevé un sistema de registración simple, digital e inmediato
- Se establece un esquema simplificado de recibos de sueldo
- Para empresas de hasta 12 empleados, se prevé un sistema unificado de obligaciones laborales y de seguridad social
Denuncia del trabajador por falta de registración
El trabajador podrá denunciar la falta de registración:
- Ante AFIP (por medios electrónicos)
- Ante autoridades laborales locales
Deudas de seguridad social por sentencia judicial
Ante una sentencia firme que reconozca una relación laboral no registrada:
- El juez deberá informar al organismo recaudador
- Se determinarán las deudas de aportes y contribuciones
- Se reconocerán los años de servicio
Si la relación fue mal encuadrada (por ejemplo, como contrato de servicios), se descontarán los aportes ya ingresados.
Ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo
Se modifica el art. 2 LCT, estableciendo que no se aplica a:
- Empleo público
- Personal de casas particulares
- Trabajo agrario (con aplicación supletoria)
- Contratos civiles o comerciales (obra, servicios, agencia, etc.)
Presunción de relación laboral (art. 23 LCT)
Se mantiene la presunción de existencia de contrato de trabajo ante prestación de servicios, pero con una limitación clave:
No aplica cuando:
- Se trate de contratos de obra o servicios
- Existan facturas o recibos válidos
- Los pagos se realicen por medios formales
Impacto práctico: se invierte la carga de la prueba. Será el trabajador quien deba demostrar la existencia de relación laboral.
Esto reduce significativamente el riesgo para contrataciones independientes bien estructuradas.
Intermediación laboral (nuevo art. 29 LCT)
Se establece que:
- El empleador será quien registre la relación
- La empresa usuaria tendrá responsabilidad solidaria, pero limitada al período de prestación efectiva
Extensión del período de prueba
- Se amplía a 6 meses
- Puede extenderse por convenio colectivo:
- Hasta 8 meses (empresas de 6 a 100 empleados)
- Hasta 12 meses (empresas de hasta 5 empleados)
Contratistas e intermediarios: nuevas facultades
Los trabajadores podrán solicitar a la empresa principal:
- Retener pagos al contratista
- Aplicarlos al pago de salarios o indemnizaciones adeudadas
La empresa también podrá retener deudas previsionales sin preaviso.
Licencia por maternidad
Se mantiene el esquema actual:
- 45 días antes del parto
- 45 días después
Con posibilidad de reducir la licencia previa a un mínimo de 10 días y acumular el resto al período posterior.
Despido con causa: bloqueos como injuria grave
Se incorpora expresamente como causal de despido con causa la participación en bloqueos o tomas de establecimiento.
Se presume injuria grave cuando:
- Se impide la libertad de trabajo
- Se bloquea el ingreso o egreso
- Se generan daños o retención indebida de bienes
Despido discriminatorio: agravamiento indemnizatorio
Se establece una indemnización agravada cuando el despido tenga causa discriminatoria:
- Mínimo: +50%
- Máximo: hasta +100%
La carga de la prueba corresponde al trabajador.
Fondo de cese laboral
Se habilita que los convenios colectivos sustituyan la indemnización tradicional por un sistema de fondo de cese.
También se permite:
- Sistemas privados de cobertura
- Autoaseguro por parte del empleador
Nuevas modalidades: trabajadores independientes con colaboradores
Se permite que un trabajador independiente cuente con hasta 3 colaboradores independientes dentro de un régimen especial.
Derogación de multas laborales
Se eliminan sanciones relevantes:
- Ley 24.013 (empleo no registrado)
- Ley 25.013
- Ley 25.323 (agravamientos indemnizatorios)
También se derogan disposiciones en regímenes especiales (agrario y casas particulares).
Conclusión: qué cambia para las empresas
La Ley 27.742 introduce un cambio de paradigma:
- Reduce la litigiosidad en ciertos aspectos
- Flexibiliza la contratación
- Refuerza herramientas de defensa empresarial
- Exige mayor profesionalización en la gestión laboral
Clave: las empresas que adapten rápidamente sus prácticas (contratación, documentación, desvinculaciones) van a tener una ventaja significativa en términos de riesgo legal.
Equipo de Derecho Laboral — Raskovsky & Asociados
