Por medio de la Decisión Administrativa Nº 1198/2021 publicada el día 13 de Diciembre de 2021 en el Boletín Oficial, se ha implementado el Pase Sanitario a nivel nacional, el cual entrara en vigencia a partir del día 1 de Enero de 2022.
Lo propio realizó la Provincia de Buenos Aires, con medidas similares que están vigentes desde el 21 de Diciembre 2021.
PASE SANITARIO NACIONAL
Toda persona mayor de 13 años deberá acreditar que tiene el esquema sanitario completo contra la COVID-19 aplicado al menos 14 días antes, a fin de participar en las actividades de mayor riesgo epidemiológico que se encuentran enumeradas en el Anexo que forma parte de la Resolución comentada.
¿COMO SE ACREDITA EL ESQUEMA VACUNATORIO?
Quien desee formar parte de las actividades enumeradas en el listado, deberá acreditar que posee el esquema de vacunación mediante la aplicación CUIDAR. Quienes no puedan acceder a la misma, podrán solicitar a la autoridad jurisdiccional competente el certificado de vacunación contra la COVID-19 en soporte papel y/o formato digital, según sea requerido por la ciudadana o el ciudadano, en el cual consten las dosis aplicadas y notificadas al Registro Federal de Vacunación Nominalizado.
* El MINISTERIO DE SALUD determinará el criterio de definición del esquema completo de vacunación contra la COVID-19.
Si el autodiagnóstico arrojara algún síntoma compatible con COVID-19 o si la persona estuviera notificada en el Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud como caso activo de COVID-19 se bloqueará la pantalla de la aplicación “Cuidar” – Sistema de prevención y cuidado ciudadano contra la COVID-19 sin permitirle acceder a ninguna otra pantalla ni certificado, hasta tanto se modifique esta condición, independientemente de tener el esquema de vacunación completo.
¿CUALES SON LAS ACTIVIDADES ALCANZADAS POR LA MEDIDA?
El Anexo que acompaña la Resolución establece que las actividades comprendidas son:
a. Los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudiantes, jubilados y jubiladas, o similares.
b. Las actividades en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados.
c. Las actividades en salones de fiestas para bailes, bailes o similares que se realicen en espacios cerrados.
d. Eventos masivos organizados de más de mil personas que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre.
Hay que tener presente que este listado es meramente enunciativo, y el mismo puede ser ampliado a futuro.
A continuación, se adjunta el link a través del cual se podrá acceder a la Resolución comentada:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/254239/20211213
MEDIDA IMPLEMENTADA EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES – VIGENTE A PARTIR DEL 21 DE DICIEMBRE 2021.
Mediante la Resolución Conjunta N° 460/2021 la Provincia de Buenos Aires instrumenta igualmente el “Pase Libre Covid” para la asistencia a actividades que conlleven un riesgo epidemiológico. La medida consiste en la acreditación, por parte de todas las personas mayores de 13 años, de al menos dos dosis de la vacuna contra la COVID-19, aplicadas por lo menos 14 días antes, ya sea mediante App “VacunatePBA”, App “Mi Argentina” o el carnet de vacunación en formato cartón o tarjeta. La misma será obligatoria a partir del día 21 de Diciembre de 2021, para las siguientes actividades:
I- Actividades culturales, deportivas, religiosas y recreativas en espacios cerrados: centros culturales gimnasios, cines, eventos deportivos que signifiquen aglomeración de personas; salones de fiestas y boliches, fiestas, casamientos, actos y reuniones con gran participación de personas; bares y restaurantes.
II- Realización de trámites presenciales ante organismos públicos provinciales y/o municipales.
III- Trámites presenciales ante entidades privados, cuando impliquen aglomeramiento de personas.
IV- Trabajadores que realicen atención al público, ya sea de entidades públicas o privadas.
A continuación, se adjunta el link a través del cual se podrá acceder a la medida comentada: