NOVEDADES

NOVEDADES COVID-19 – PRÓRROGA DE BENEFICIOS PARA EMPRESAS

1. PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN – NUEVO PERÍODO DE INSCRIPCIÓN

Ante la oficialización de la prórroga de los beneficios del ATP al mes de Junio, la AFIP anunció mediante la Resol. General N°4746/2020, que los empleadores podrán acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, desde el 26 de junio de 2020 hasta el 3 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, a los efectos de obtener de corresponderles, los beneficios de postergación/ reducción de contribuciones y/o salario complementario.

PRECISIONES SOBRE EL LÍMITE TEMPORAL DE LAS SUSPENSIONES CONFORME ART. 223 BIS LCT

Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Decreto 529/2020, se estableció que, los límites temporales previstos por los artículos 220, 221 y 222 de la Ley de Contrato de Trabajo, NO regirán para las suspensiones por falta de trabajo y fuerza mayor dispuestas en los términos del artículo 223 bis de la misma ley, como consecuencia de la emergencia sanitaria, las que podrán extenderse hasta el cese del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecido por el Decreto N° 297/20 y sus prórrogas.

NUEVAS EXCEPCIONES PARA LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Mediante las Decisiones Administrativas (D.A.) 968/2020 y 975/2020 el Jefe de Gabinete de Ministros decidió exceptuar del cumplimiento del “ASPO” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a determinadas actividades e industrias, en las Provincias de Mendoza, Neuquén, Santa Fe, y ciertos municipios de la Provincia de Buenos Aires, siempre que se cumpla con los protocolos aprobados por el Decreto N° 459/20 a cuyo análisis remitimos. Asimismo, y luego del anuncio del Distanciamiento, Social Preventivo y Obligatorio y la extensión del ASPO hasta el 28 de junio, la D.A. 995/2020 (publicada el 08.06.2020) y la D.A. 1018/2020 (publicada el 09.06.2020)  también disponen nuevas excepciones en los términos antes descriptos.

PRÓRROGA DEL ACUERDO UIA / CGT: PROCEDIMIENTO ABREVIADO DE SUSPENSIONES CONFORME ART. 223 BIS LCT

En el día de la fecha (08.06.2020), el Ministerio de Trabajo oficializó mediante la Resolución 475/2020 la prórroga por 60 días, respecto de la vigencia de la Resolución MTEySS N° 397/20, que estableció un procedimiento abreviado de homologación de los acuerdos por suspensiones de la prestación laboral, en los términos del Art. 223 bis, siempre que cumpla o mejore, los términos del ACUERDO UIA / CGT, a cuyo análisis remitimos.

NUEVAS EXCEPCIONES PARA LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Mediante las Decisiones Administrativas 903/2020, 904/2020, 909/2020920/2020942/2020, 965/2020 y 996/2020  el Jefe de Gabinete de Ministros decidió exceptuar del cumplimiento del “ASPO” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a determinadas actividades e industrias, en las Provincias de Mendoza, La Pampa, Salta, Santa Fe, La Rioja y ciertos municipios de la Provincia de Buenos Aires, siempre que se cumpla con los protocolos aprobados por el Decreto N° 459/20 a cuyo análisis remitimos. En esta oportunidad, nos centraremos en el examen de lo dispuesto en relación al Conurbano Bonaerense. 

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