NOVEDADES

ACCIDENTE DE TRABAJO – GESTIÓN DE TRÁMITES MEDIANTE PLATAFORMA DE TRAMITES A DISTANCIA:

Se publicó en el boletín oficial la Resolución 40/2020 mediante la cual, la Superintendente de Riesgos del Trabajo habilita la presentación de trámites ante la COMISIÓN MÉDICA CENTRAL (C.M.C.) y las COMISIONES MÉDICAS JURISDICCIONALES (C.M.J.), a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), provisoriamente, hasta tanto se implemente de forma definitiva la Mesa de Entradas Virtual de dicho organismo, y para los siguientes trámites:

SE APRUEBA MODELO DE PROTOCOLO DE HIGIENE Y SALUD OBLIGATORIO EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Atento a la medida dispuesta por la Resolución 135/2020 del MTBA, que dispuso la obligación para los empleadores, de implementar un protocolo mínimo de higiene y salud en el trabajo (VER ARTÍCULO); mediante Resolución 151/2020 el Ministerio de Trabajo decidió aprobar un modelo de Protocolo mínimo, que establece medidas generales de prevención y protección, recomendaciones para desplazamientos en el lugar de trabajo, procedimiento para el ingreso, distanciamiento interpersonal, entre otras cuestiones.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO EN ACUERDOS 223 BIS LCT – ACUERDO CGT-UIA – RES. 397/20

En el día de la fecha el Ministerio de Trabajo de la Nación, dictó en el día de hoy la Resolución 397/2020, oficializando así el Acuerdo UIA – CGT, y reglamentando tramitaciones abreviadas de las peticiones de suspensiones en el marco del Art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que se efectúen ante las autoridades administrativas laborales. Recordemos que dicha suspensión consensuada, es la única excepción de la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y suspensiones, conforme Decreto. 329/2020 publicado el 31 de Marzo.

REGLAMENTACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN A LAS EXPORTACIONES Y PROCESOS INDUSTRIALES ESPECÍFICOS – RES. 179/20

Por medio de la Decisión Administrativa 524/2020 se sumaron diversas actividades a la dispensa del deber de aislamiento y prohibición de circulación.  Puntualmente, la norma estableció respecto a las actividades de producción para exportación y a los procesos industriales específicos, que debían contar con la autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

REGLAMENTACIÓN DE LOS BENEFICIOS DEL SALARIO COMPLEMENTARIO Y CRÉDITOS A TASA CERO – PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN

Mediante la Decisión Administrativa 591/2020, el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, decidió adoptar las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (A.T.P.), con el objetivo de dar cumplimiento a lo normado en el Decreto 332/2020 y sus recientes modificaciones.

Dichas recomendaciones del Comité, se detallan a continuación:

NUEVAS ACTIVIDADES EXCEPTUADAS DEL “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” – RES. 524/20

El sábado 18 de abril del 2020, el Gobierno Nacional dicto la Decisión Administrativa 524/2020 a través de la cual se amplían nuevamente las actividades esenciales exceptuadas del cumplimiento del deber de aislamiento obligatorio establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 y, en consecuencia, de la prohibición de circular. Recordemos que la cantidad de tareas fundamentales dispensadas de la obligación de “cuarentena” ya habían sido extendidas por medio de las Decisiones Administrativas 450/2020, 467/2020, 468/2020, y 490/2020.

COVID-19: ENFERMEDAD DE CARÁCTER PROFESIONAL NO LISTADA

A través del Decreto 367/2020 publicado en el Boletín Oficial con fecha 14.04.2020 se atribuye el carácter de enfermedad profesional no listada en el Decreto 658/96 a aquella enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2 (coronavirus) y contraída por dependientes considerados esenciales y dispensados del deber de aislamiento, anunciado en el Decreto 297/2020, en función de la activad que desarrollan.

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