Mediante la Resolución Nº 1414-MSALGP-2022 perteneciente al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, se estableció la recomendación (y por ende no obligatoriedad) del uso obligatorio del barbijo o tapaboca en espacios cerrados, a excepción del transporte público de pasajeros, ámbito en donde se mantiene su utilización obligatoria.
La decisión ha sido tomada en el marco del descenso de la cantidad de casos, y los avances en la campaña de vacunación a nivel provincial.
Recomendación para ámbitos laborales:
Pese a no ser mas de uso imprescindible, se recomienda la utilización del tapabocas o barbijos, en espacios cerrados, como “medida para la prevención de transmisión del coronavirus COVID-19 y otras enfermedades respiratorias agudas”.
Asimismo, establece el carácter optativo en espacios laborales, recreativos y educativos, para aquellas personas cuyo uso implica alguna dificultad.
Entendemos que aun en el ámbito laboral, ya sea espacio cerrado o al aire libre, el barbijo ha perdido la obligatoriedad que tuviera anteriormente, no obstante, la recomendación ya mencionada. Es decir que el uso del barbijo en el ambito laboral es, hoy en día, una mera recomendación, dejando de lado la obligatoriedad que regía hasta hace pocos días.
Ahora bien, entendemos que cada empresa podrá elegir si utilizará o no el barbijo en el ambito laboral, pero dede nuestra mirada, creemos que lo más recomendable será que esa elección sea para todos por igual, sin distinciones, a los fines de no caer en prácticas que puedan ser consideradas como discriminatorias. En este mismo sentido y dado el cese de la obligatoriedad desde el Estado Provincial, sugerimos que la decisión que se adopte, se vea reflejado en una política interna, donde con claridad se establezca el camino elegido.
Equipo de R&A Abogados