El Juzgado de lo Mercantil Nro. 3 de Madrid ha emitido una orden para suspender preventivamente el nuevo Reglamento de Agentes del Fútbol FIFA vigente desde el 1 de Octubre del 2023, especificamente en lo que respecta al límite en las comisiones que perciben los Agentes por su labor dentro del territorio de España.
El reclamo fue iniciado por la Asociación Española de Agentes de Futbolistas contra la FIFA y la RFEF.
Sostiene el Magistrado “…en principio y de modo indiciario, la limitación de honorarios del art. 15 FFAR entraría dentro del ámbito de prohibición que establecen los arts. 101 TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) y 1 LDC respectivamente…”
“17.1. En cuanto al hecho de que la norma estatutaria se haya elaborado siguiendo un procedimiento que ha permitido el conocimiento y participación de los demandantes en su elaboración, tal circunstancia no elimina el carácter anticompetitivo del resultado. Si la norma aprobada siguiendo un procedimiento público que permite la participación de terceros en el mismo reúne las características antedichas del art. 101 TFUE, la misma estará prohibida por dicho precepto no obstante aquella circunstancia. Lo relevante no es el modo de adopción de las decisiones de empresas, sino el efecto restrictivo de la competencia por parte de las mismas.”
A los fines que esta medida cautelar entre en vigor, la Asociación Española de Agentes de Futbolistas deberá abonar una caución de Euros 50.000.
La medida cautelar podrá ser apelada en los próximos días.
Cabe destacar que, sumado a la medida cautelar existente en Alemanía, esto resulta ser un duro golpe para la FIFA en relación al nuevo Reglamento y su sostenimiento. Por otro lado, considero que esto genera un incentivo tendiente a la judicialización del Reglamento de Agentes del Futbol FIFA en los distintos paises ante Tribunales locales, estrategía que ya se está llevando a cabo en muchos paises.
Esta medida cautelar unicamente en el Territorio Español.
Dr. Juan Raskovsky
Especialista en Derecho Deportivo