El Ministerio de Trabajo, Empleo, y Seguridad Social, en conjunto con el Consejo Nacional de Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil emitieron la Resolución Nº 6/2021, por la cual determina el monto del salario mínimo, vital, y móvil, en forma escalonada, desde el 1º de julio al 1º de septiembre de 2021.
El art. 116 de la Ley de Contrato de Trabajo define al salario mínimo vital como la mejor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.
EL INCREMENTO MENSUAL
El escalafón es el siguiente:
A partir del 1° de julio de 2021, en PESOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS DIECISEIS ($27.216,00) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter (Contrato de Trabajo a tiempo parcial), y 198 (jornada reducida), del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción. Para los trabajadores jornalizados, el aumento será de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS, CON OCHO CENTAVOS ($136,08) por hora.
A partir del 1° de agosto de 2021, en PESOS VEINTIOCHO MIL OCHENTA ($28.080,00) para todos los trabajadores mensualizados en las circunstancias laborales ya mencionadas.
Para los trabajadores jornalizados, el aumento será de de PESOS CIENTO CUARENTA, CON CUARENTA CENTAVOS ($140,40) por hora.
A partir del 1° de septiembre de 2021, en PESOS VEINTINUEVE MIL CIENTO SESENTA ($29.160,00) para todos los trabajadores mensualizados que se encuentren el régimen de contrato de trabajo indicado.
Para los trabajadores jornalizados, el aumento será de de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO ($145,80) por hora.
La Resolución emitida entrara en vigencia a partir del día 7 de Julio de 2021, en la cual ha sido publicada en el Boletín Oficial.
A mayor información, nos remitimos al link de la publicación original:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/246611/20210707