La FIFA publicó su Circular Nro.1769 mediante la cual comunica de manera oficial ciertos cambios regulatorios y de procedimiento ante el nuevo Tribunal del Fútbol.

Este Tribunal fue creado por decisión del Congreso de la FIFA Nro. 71 el 21 de Mayo del 2021. En resumen, el Tribunal de Fútbol consolida los órganos de toma de decisiones de la FIFA existentes en un solo organismo paraguas y racionaliza sus requisitos de gobernanza. Estará compuesto por tres Cámaras, competentes para adoptar decisiones sobre disputas específicas relacionadas con el fútbol y aplicaciones reglamentarias, siendo éstas: 1) la Cámara de Resolución de Disputas (CRD), concerniente a disputas relacionadas a, entre otras, derechos de formación y mecanismo de solidaridad, deudas vencidas, conflictos laborales, etc 2) la Cámara del Estatuto del Jugador (PSC), en cuestiones relacionadas con el Reglamento sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores 3) la Cámara de Agentes, que todavía no se encuentra vigente, pero que tratará todos los conflictos relacionados con Agentes o Intermediarios de Jugadores, siendo esta Cámara uno de los ejes principales en la reforma que se viene en materia de Agentes y la vuelta a la casa madre del fútbol.

MODIFICACIONES REGULATORIAS Al RETJ

A raíz de la incorporación del Tribunal del Fútbol, se introducen cambios al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores. Estos cambios son, principalmente, del tipo “técnicos” relacionados con esta nueva reorganización de los Órganos de Resolución de Disputas, habiéndose modificado artículos o siendo trasladados al Reglamento de Procedimiento.

Estos cambios entran en vigencia a partir del 31 de Agosto del 2021.

MODIFICACIONES AL PROCEDIMIENTO ANTE EL TRIBUNAL DEL FÚTBOL

El nuevo Tribunal del Fútbol comenzará a funcionar a partir del 01 de Octubre del 2021 y, es por ello, que a partir de dicha fecha entrada en vigencia el nuevo Reglamento de Procedimiento, el cual prevé ciertos cambios:

  • Los Procedimientos serán gratuitos si una de las partes es una persona física (jugador, entrenador, agente de jugadores o agente de partidos).  
  • El plazo para pagar las costas procesales (si corresponde) es ahora de diez (10) días. El pago de las costas procesales sigue siendo un requisito obligatorio para que notifiquen los motivos o argumentos de una determinada decisión. En tales casos, la notificación sólo se hará a la parte que solicitó los fundamentos y que efectivamente pagó las costas procesales.  
  • Los costos de procedimiento (si corresponde) ahora se pagan en dólares de los Estados Unidos.  
  • Cuando las pruebas y las presentaciones se realicen en un solo idioma oficial de la FIFA (alemán, español, francés e inglés), este solo idioma sera utilizado para el procedimiento. Cuando los documentos, presentaciones y pruebas estén en más de un idioma oficial de la FIFA, el procedimiento será realizado, y la decisión emitida, únicamente en Inglés.
  • Se ha introducido un proceso de decisión acelerado para cuestiones de procedimiento preliminares. Cuando la secretaría general de la FIFA considere que una Cámara carece de jurisdicción o de que una reclamación resulta evidente que se encuentra prescripta, puede remitir el asunto para una decisión antes de continuar con el procedimiento;  
  • Se han consolidado las normas de procedimiento específicas que rigen todas las aplicaciones reglamentarias e introducidas. Esto incluye aplicaciones relacionadas con: la transferencia internacional o la primera registro de un menor; una exención limitada para menores; autorización del registro de un jugador; solicitud de elegibilidad o cambio de asociación; o, el regreso tardío de un jugador de representante de una Asociación Miembro
  • La mediación ahora es posible. Se puede invitar a las partes a realizar un proceso de mediación voluntaria y gratuita. LaLa mediación se llevará a cabo conforme al Reglamento de Mediación del TAS, a través de Mediadores previamente aprobados por FIFA. Si la mediación tiene éxito, el mediador y el presidente correspondiente ratificarán el acuerdo o convenio al que han arribado las partes en forma extrajudicial. Esto se considerará una decisión final y vinculante.

FIFA LEGAL HANDBOOK 2021

En otra gran labor del Departamento Legal de la FIFA liderado por Emilio García Silverio, se publica una nueva edición del Legal Handbook, siendo este un compendio que reúne toda la normativa vigente y actualizada de la FIFA, siendo una excelente herramienta para todos.

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Dr. Juan Raskovsky

Director del Dpto. Derecho Deportivo

Raskovsky & Asociados | Abogados