Se publicó en el boletín oficial la Resolución 40/2020 mediante la cual, la Superintendente de Riesgos del Trabajo habilita la presentación de trámites ante la COMISIÓN MÉDICA CENTRAL (C.M.C.) y las COMISIONES MÉDICAS JURISDICCIONALES (C.M.J.), a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), provisoriamente, hasta tanto se implemente de forma definitiva la Mesa de Entradas Virtual de dicho organismo, y para los siguientes trámites:

a) Carácter Profesional del coronavirus COVID-19, Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 367 de fecha 13 de abril de 2020 y Capítulo II de la Resolución S.R.T. Nº 38 de fecha 28 de mazo de 2020.

b) Divergencia en las Prestaciones, Resolución S.R.T. Nº 179 de fecha 21 de enero de 2015.

c) Divergencia en el Alta, Resoluciones S.R.T. Nº 1.838 de fecha 1º de agosto de 2014 y Nº 179/15.

En todos los casos, los trabajadores deberán constituir un domicilio electrónico.

Para los trámites previstos en el apartado b) y c) anterior, siempre que sea necesaria la celebración de audiencias de examen medico; la citación que reciba el trabajador cumplirá con los requisitos necesarios para poder ser presentada como permiso de circulación ante las autoridades que lo requieran. En tales casos, será competente exclusivamente la CMJ correspondiente al domicilio del trabajador, no siendo aplicable la opción de competencia.

La resolución aprueba además el Protocolo para la Celebración de Audiencias ante el Servicio de Homologación en el Ámbito de las C.M.J en forma virtual.

Para leer la Resolución y el Protocolo anexo a ella, haga click aquí.  

Equipo de Raskovsky & Asociados | Abogados

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