Mediante el Decreto №265/2020 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dio a conocer el cronograma de apertura del aislamiento obligatorio que fue establecido para mitigar los efectos de la pandemia causada por el Covid-19.
Cronograma.
El cronograma adjunto es el que a partir de este momento contendrá las únicas actividades para funcionar y, por lo tanto, exceptuadas del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y a la prohibición de circular para las personas afectadas a las mismas y las breves salidas de esparcimiento.
El Decreto precisa, también, que estas medidas podrán ser restringidas o ampliadas conforme se desenvuelva la situación epidemiológica y faculta al Ministro de Desarrollo Económico y Producción a dictar las reglamentaciones necesarias a fin de establecer el alcance del desarrollo de las actividades comerciales minoristas de cercanía exceptuadas de la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular que fueran dispuestos por el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/PEN/20 y sus prórrogas, en determinadas áreas geográficas de la Ciudad, según la situación epidemiológica local.